(+34) 900 40 50 60     Contacto

Biobanco

INFORMACIÓN ADICIONAL SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS: CONSENTIMIENTOS INFORMADOS BIOBANCO

¿Con qué finalidad tratamos sus datos personales?
En CHEMCYL tratamos los datos de los donantes para gestionar su donación de muestras biológicas con fines de investigación biomédica o diagnósticos.

Si nos ha dado su consentimiento en el momento de la recogida de sus datos, podríamos:

  • Contactar con usted en un futuro en caso de que se considere oportuno añadir nuevos datos relativos a su estado de salud.
  • Contactar con usted en un futuro en caso de que se considere necesario obtener más información o muestras biológicas adicionales.
  • Utilizar los excedentes de su donación para investigación en los términos recogidos en el Real Decreto 1716/2011.

¿Durante cuánto tiempo vamos a conservar sus datos personales?
Sus datos de carácter personal, tanto identificativos como genéticos, serán conservados durante los plazos establecidos en la normativa y las políticas internas establecidas por CHEMCYL. A continuación detallamos el tiempo de conservación de las distintas categorías de datos personales que CHEMCYL trata.

Tipos de datos Tiempo de conservación
Datos para garantizar la trazabilidad en el caso de la investigación con células y tejidos destinados a su aplicación en el ser humano. 30 años
Consentimientos informados. Indefinido.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

Solamente trataremos sus datos de salud y genéticos con su consentimiento expreso o para cumplir la obligación legal:

  • Real Decreto 1088/2005, de 16 de septiembre, por el que se establecen los requisitos técnicos y condiciones mínimas de la Hemodonación y de los centros y servicios de transfusión.
  • Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación biomédica
  • Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
  • Decreto 101/2005, de 22 de diciembre, por el que se regula la historia clínica en Castilla y León.
  • Real Decreto 1716/2011, de 18 de noviembre, por el que se establecen los requisitos básicos de autorización y funcionamiento de los biobancos con fines de investigación biomédica y del tratamiento de las muestras biológicas de origen humano, y se regula el funcionamiento y organización del Registro Nacional de Biobancos para investigación biomédica.

¿A qué destinatarios se comunicarán sus datos?
Sus datos de carácter personal no serán comunicados a terceros salvo cumplimiento de una obligación aplicable a CHEMCYL como responsable del tratamiento, o en aquellos supuestos en los que haya otorgado su consentimiento en el momento de la recogida de sus datos.

La identificación de las muestras biológicas del Biobanco será sometida a un proceso de codificación. A cada muestra se le asigna un código de identificación, que será utilizado por los investigadores. Únicamente el personal autorizado por el biobanco podrá relacionar su identidad con los citados códigos. De esta forma los investigadores que soliciten muestras al biobanco no podrán conocer ningún dato que revele su identidad. Aunque los resultados obtenidos de la investigación realizada con sus muestras se publiquen en revistas científicas, su identidad no será nunca revelada.

En los estudios en los que no se prevean resultados potencialmente útiles para su salud, las muestras podrán ser disociadas definitivamente de sus datos y, en este supuesto,  no habría ninguna posibilidad de volver a asociar la muestra con su identidad.